Ciudad de México.- Una jueza federal otorgó una suspensión de plano que impide a las autoridades de México entregar a Estados Unidos al fiscal de Justicia de Morelos, Uriel Carmona Gándara, aprehendido por la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México por retardo de la justicia en el caso de Ariadna Fernanda López Díaz, joven de 27 años que fue encontrada muerta el 31 de octubre de 2022 en la carretera conocida como La Pera-Cuautla, en Tepoztlán.
El funcionario detenido el viernes pasado, promovió un amparo contra una supuesta orden de detención provisional con fines de extradición y para no permanecer incomunicado o que sufra actos de tortura.
María del Carmen Sánchez Cisneros, jueza Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, dio entrada a la demanda y concedió la medida cautelar para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado que guardan y no se ejecute la presunta orden.
Por el momento, el fiscal quedará a disposición de la juez de amparo, en lo que se refiere a su libertad personal en el lugar en que se encuentra recluido y a disposición de la autoridad responsable para la continuación del procedimiento de extradición.
En su escrito, Uriel Carmona impugnó “la inminente extradición, como moneda de cambio, al Departamento de Justicia de Estados Unidos de América, sin que el gobierno de los Estados Unidos de América, como parte requirente, haya anexado a su solicitud, la copia certificada de la sentencia condenatoria a que se refiere el art. 4”, (sic).
En su acuerdo, la juzgadora precisó que la suspensión también tiene el alcance para que las autoridades que lo mantienen detenido cesen los actos de incomunicación y tortura psicológica y mediática, así como cualquier otro acto de los contemplados por el artículo 22 de la Constitución.
“Toda vez que, el promovente del amparo se encuentra interno en el Reclusorio Preventivo Varonil Sur, se hace extensiva al Director de dicho centro preventivo, la suspensión de oficio y de plano que se decretó en proveído cuatro de agosto pasado por los actos ahí referidos, al encontrarse reunidos los requisitos establecidos en los artículos 15, 125 y 126 de la Ley de Amparo. Por tanto, al ser inminente la extradición y salida del país del quejoso, se concede de oficio la suspensión de plano a Uriel Carmona”.