El Consejo de la Judicatura Federal dio cuenta del amparo inusitado interpuesto a favor de 446 internos del complejo carcelario de Puente Grande, que presentaron síntomas de coronavirus.
El Juzgado Décimo Noveno en materia de amparo con sede en Jalisco notificó de la determinación de medidas cautelares, como someter a análisis de coronavirus a los internos, y separar de la población penitenciaria a los reclusos que den positivo.
El juicio de garantías fue interpuesto por el Instituto de la Defensoría Pública, dependiente del órgano administrador y sancionador del Poder Judicial Federal, y obtuvo la suspensión de plano por omisiones de las autoridades penitenciarias, que vejaron los derechos humanos para salvaguardar la vida, la salud, la dignidad y la integridad personal de los reclusos.
El documento se interpuso previo al deceso del líder de una célula de los Zetas, Moisés Escamilla May, “el Gordo May”, quien estaba hospitalizado en el nosocomio de dicho reclusorio por un fuerte cuadro gripal, además de que presentaba depresión por su convalecencia y por el temor a morir. Su fallecimiento fue por un paro cardiorrespiratorio y padecía coronavirus.
Entre las peticiones de los reos destaca la eventual implementación de mecanismos para despresurizar la sobrepoblación carcelaria, mediante preliberaciones, bajo el argumento de la resolución 1/2020, “Pandemia y Derechos Humanos en Las Américas”, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), y la Declaración del Relator Especial de Naciones Unidas sobre Independencia Judicial, “Emergencia del coronavirus. Desafíos de la Justicia”.
En esa resolución se asienta que 18 de los quejosos ya no están presos, y la suspensión de plano se concedió a favor de 428 reclusos por juicios federales, entre los que se cuenta a varias mujeres.
La determinación del amparo ordena privilegiar las pruebas médicas para los internos en condiciones de vulnerabilidad por afectaciones preexistentes, como presión arterial, enfermedades cardiacas, diabetes, VIH Sida, y luego para los demás que presentan síntomas de coronavirus.
También se ordena que a aquellos que resulten positivos a COVID-19 se les garantice la comunicación con el exterior, en particular con sus familiares, a través de cualquier medio, además de habilitar espacios para atenderlos y establecer un monitoreo y evaluación permanente de sus casos.
Asimismo, el expediente insta a las autoridades penitenciarias a que, en la medida de lo posible, identifiquen y agilicen el trámite correspondiente a quienes les resulte procedente, y se otorgue un beneficio de preliberación conforme a la ley, para consolidar una despresurización penitenciaria.
Se fijó una audiencia constitucional para el 3 de junio próximo; ya entonces se valorará el cumplimiento de las disposiciones.
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