La resolución invalida los artículos 143, 145 y 146 del Código Penal de Chihuahua, eliminando cualquier restricción legal para acceder al aborto voluntario y por violación.
Chihuahua.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la prohibición del aborto voluntario en Chihuahua, convirtiendo al estado en el número 21 de México en despenalizar la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas.
A diferencia de otros estados, donde la despenalización ocurrió por decisión legislativa, en Chihuahua fue resultado de una Declaratoria General de Inconstitucionalidad (DGI) 1/2024, emitida por la SCJN luego de que el Congreso estatal ignorara una orden judicial para reformar el Código Penal.
Efecto inmediato y retroactivo
La resolución invalida los artículos 143, 145 y 146 del Código Penal de Chihuahua, eliminando cualquier restricción legal para acceder al aborto voluntario y por violación. Al ser normas penales, la DGI tiene efectos retroactivos, lo que obliga al estado a cerrar cualquier proceso penal en curso contra personas que hayan abortado.
"El Estado debe garantizar el acceso sin excusas", señalaron organizaciones como Marea Verde Chihuahua y Red de Aborto Seguro Chihuahua.
Un fallo histórico y un precedente clave
Este fallo tiene su antecedente en el Amparo en revisión 666/2023, promovido por una mujer que impugnó los artículos por violar sus derechos. Es la primera vez que la SCJN aplica este procedimiento en un caso de aborto.
Acceso garantizado a servicios de salud
Desde 2023, tribunales han ordenado a la Secretaría de Salud estatal brindar servicios de aborto sin necesidad de juicio de amparo. "Nos han puesto trabas, pero esta declaratoria es definitiva", afirmó Alessa Rey, de Marea Verde.
Con esta decisión, Chihuahua sigue el precedente de Coahuila (2021) y la reforma al Código Penal Federal (2023), consolidando el acceso al aborto en México.