El aborto legal en Yucatán ya es oficial: entra en vigor el Decreto 72/2025, que permite la interrupción del embarazo en las primeras 12 semanas.
Yucatán.- A casi un mes de su aprobación legislativa, Yucatán ha oficializado la despenalización del aborto, al publicarse este martes el Decreto 72/2025 en el Diario Oficial del Estado. La reforma permite la interrupción legal del embarazo hasta la semana 12 de gestación, y entra en vigor a partir del jueves 8 de mayo.
Esta medida es resultado de las modificaciones aprobadas por el Congreso del Estado el pasado 9 de abril, las cuales reforman y derogan diversos artículos del Código Penal de Yucatán, eliminando sanciones penales para las mujeres y personas gestantes que decidan interrumpir su embarazo dentro del plazo legal.
El artículo 389 establece que la interrupción voluntaria del embarazo será legal hasta las 12 semanas de gestación. Más allá de este periodo, el artículo 390 contempla penas de tres meses a un año de prisión, o de 50 a 200 días de trabajo comunitario.
El nuevo texto del artículo 391 castiga con hasta 15 años de prisión el aborto forzado, es decir, aquel que se practique sin el consentimiento de la persona gestante, en cualquier momento del embarazo.
Por su parte, el artículo 393 define las causas excluyentes de delito, como cuando el aborto es producto de una violación, inseminación artificial no consentida, peligro de muerte, alteraciones genéticas graves o condiciones de precariedad económica.
Además, se deroga el artículo 392 y todas las disposiciones de igual o menor jerarquía que contravengan esta reforma, consolidando el derecho a decidir en el estado de Yucatán como parte de una política pública de salud y justicia reproductiva.