El Servicio de Administración Tributaria (SAT) actualizó las tarifas del Impuesto Sobre la Renta (ISR) aplicables para 2023 debido a que la inflación acumulada supera el 10 por ciento.
Esto, conforme a la Ley del ISR, que indica que cuando la inflación observada acumulada exceda del 10 por ciento, dichas cantidades se actualizarán por el periodo comprendido desde el último mes que se utilizó en el cálculo de la última actualización y hasta el último mes del ejercicio en el que se exceda el porcentaje citado.
La actualización entrará en vigor a partir del primero de enero del ejercicio siguiente en el que se haya presentado el mencionado incremento.
Por tanto, debido a que la inflación acumulada desde la última revisión (11 de enero de 2021) ha superado una tasa anual de 10 por ciento, para el ejercicio fiscal 2023 se revisaron las tarifas del ISR.
El pasado martes 27 de diciembre, la Secretaría de Hacienda publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las tarifas aplicables durante 2023 para el cálculo de los pagos provisionales mensuales, la cuál quedó de la siguiente manera:
¿Quiénes pagan ISR?
Las personas físicas y las morales están obligadas al pago del impuesto sobre la renta en los siguientes casos:
- Las residentes en México, respecto de todos sus ingresos, cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan.
- Los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento permanente.
- Los residentes en el extranjero, respecto de los ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el país, o cuando teniéndolo, dichos ingresos no sean atribuibles a éste.
¿Cómo calcular el ISR?
De acuerdo con un blog del banco BBVA, para calcular cuánto debes pagar de ISR debes seguir los siguientes pasos:
- Identificar el ingreso total que recibes al mes o al año.
- Seleccionar el porcentaje del ISR de acuerdo con tu nivel salarial proporcionado por el SAT.
- Restar a tus ingresos el límite inferior ubicado en tu nivel salarial.
- Al resultado obtenido aplicar la tasa ubicada en la tabla anteriormente mostrada.
- Al resultado debes sumarle la cuota fija establecida por el SAT y así obtendrás el ISR.