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¿Sabías que estas excusas no justifican la falta de pago de utilidades? Infórmate

¿Qué hacer si tu empresa no te paga utilidades? La Ley Federal del Trabajo establece que los patrones tienen hasta el 30 de mayo para distribuir las utilidades entre los empleados. Sin embargo, hay varias excusas comunes que no son válidas:

  • “No hubo utilidades”: Si la empresa ha generado ganancias y superó los 300,000 pesos en su declaración fiscal anual, está obligada a repartir utilidades.
  • “Cambio de razón social”: La sustitución del patrón no afecta la obligación de repartir utilidades. El nuevo patrón es responsable de cumplir con esta obligación.
  • “No hay utilidades en empresas de seguridad privada”: Las empresas dedicadas a la seguridad privada también deben repartir utilidades si obtuvieron ganancias.

Respuesta de la Profedet: La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) aclara que los pretextos mencionados no son válidos. La empresa debe presentar evidencia de ganancias para justificar el no pago de utilidades.

Cómo verificar si tu empresa generó utilidades: Los trabajadores tienen derecho a recibir una copia de la declaración anual de la empresa, entregada dentro de los 10 días posteriores a su presentación ante el SAT. Esto permite verificar si la empresa cumplió con la ley.

Consecuencias: Las empresas que no cumplan con la ley pueden enfrentar multas de entre 24,055 y 481,100 pesos.

Si tu empresa usa excusas para evitar el pago de utilidades, contacta a la Profedet para recibir orientación y hacer valer tus derechos.