Foto: Cortesía

Artículo

¿Quiénes no recibirán saldo a favor en la Declaración Anual 2025?

La Resolución de la Miscelánea Fiscal 2025 establece nuevas restricciones para la devolución de saldo a favor en la declaración anual. Algunos contribuyentes se verán excluidos de este beneficio, por lo que es importante conocer las condiciones.

Causas por las que no recibirán saldo a favor

Los contribuyentes que no podrán acogerse a la devolución de saldo a favor son aquellos que:

  • Obtuvieron ingresos por bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión durante el ejercicio fiscal anterior.
  • Solicitaron devoluciones superiores a 150 mil pesos.
  • Pretenden la devolución por ejercicios fiscales distintos al año inmediato anterior.
  • Presentaron su declaración con Contraseña cuando deberían haber usado e.firma.
  • Presentaron solicitud de devolución mediante el Formato Electrónico de Devolución (FED) antes de obtener el resultado de la declaración.
  • No seleccionaron la opción de devolución al presentar su declaración anual normal o complementaria.
  • Declararon fuera del plazo establecido (después del 31 de julio de 2025).
  • Aparecen en las listas del SAT conforme a los artículos 69 y 69-B del CFF.
  • Solicitaron devolución basada en comprobantes fiscales de contribuyentes enlistados como simuladores de operaciones.
  • Tuvieron su certificado digital cancelado por el SAT en el ejercicio fiscal anterior.

Requisitos para solicitar la devolución

Para aquellos que sí cumplen con los criterios, el SAT establece los siguientes requisitos para solicitar la devolución de saldo a favor:

  • Tener Contraseña o e.firma vigente.
  • Presentar un estado de cuenta bancario reciente que incluya el RFC y la CLABE interbancaria activa.
  • Contar con identificación oficial vigente.
  • Cumplir con las fichas de trámites correspondientes: 9/CFF y 10/CFF.

Proceso de solicitud y consulta

El SAT pone a disposición su plataforma en línea para presentar la devolución de saldo a favor a través del Formato Electrónico de Devolución. Los contribuyentes pueden consultar el estatus de su solicitud y su resolución a través del portal oficial del SAT.

Es crucial que los contribuyentes revisen su situación fiscal, cumplan con los requisitos establecidos y presenten su declaración dentro de los plazos para evitar contratiempos y asegurar la recepción de su saldo a favor.