Foto: Cortesía

Artículo

¿Son feriados el Jueves y Viernes Santos? ¿Te los deben pagar doble?

Las vacaciones de Semana Santa ya iniciaron para mexicanas y mexicanos, aunque en el contexto en el cual el país, como el resto del mundo, continúa lidiando con la pandemia de COVID-19.

De hecho, la Secretaría de Salud publicó esta semana un decálogo con recomendaciones para las personas que decidan salir de sus hogares para disfrutar unos días de asueto reduzcan el riesgo de contagiarse con el virus SARS-CoV-2.

Sin embargo, no todos gozarán de este periodo de descanso, por lo que surge la duda. ¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre laborar en la Semana Santa?

Vamos por partes: la legislación establece que el descanso es obligatorio para los empleados en los días festivos o feriados.

Por ello, si tú terminas trabajando en esas fechas, la Ley Federal del Trabajo (LFT) explica que te deben pagar el salario diario normal más el doble.

Ahora, ¿los llamados Jueves y Viernes Santos entran en esa clasificación? Lamentablemente, la respuesta es no.

De acuerdo con la LFT, estos son los únicos días feriados:

* 1 de enero.

*El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero (Promulgación de la Constitución).

*El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo (Natalicio de Benito Juárez).

*1 de mayo (Día del Trabajo).

*16 de septiembre (Independencia de México).

*El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre (Aniversario de la Revolución Mexicana).

*El 25 de diciembre.

*El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

 

Temas relacionados: