Puebla, Pue.- Este 15 de septiembre el Tribunal Electoral del Estado de Puebla en sesión virtual determinó improcedentes, inoperantes e infundados los agravios relativos a la inelegible de la candidata electa de Atlixco Ariadna Ayala, promovidos por los partidos Acción Nacional, Partido Revolucionario Institucional y Partido Revolución Democrática por lo que confirmó el acta de cómputo municipal y declaración de validez de la elección y otorgamiento de la constancia de mayoría y validez respectiva para Ariadna Ayala presidenta electa, realizada por el consejo municipal del Instituto Electoral del Estado en Atlixco Puebla en la sesión del 9 de junio de 2021.
De igual manera en esta sesión magistrados del TEEP desecharon los juicios para la protección de los derechos políticos electorales 128 y 187 así como la apelación 49 y 50 al actualizarse la causal de improcedencia relativa a la falta de interés jurídico de promovente y al presentarse de forma extemporánea la demanda.
De acuerdo al proyecto de sentencia relativo al juicio para la protección de los derechos políticos electorales de la ciudadanía 203, constataron que no se aportaron las pruebas sobre el requisito de vecindad que alega no se cumple, así como porque se estima que ser catedrática de una universidad no actualiza la figura de un servidor público, en consecuencia los magistrados confirmaron el acuerdo del consejo general del IEE respecto a la declaración de validez de la elección de la presidenta electa por el municipio de Atlixco Ariadna Ayala.
Asimismo, notificaron que se consideran infundados las pretensiones del actor por consiguiente revocaron la resolución solicitando a la autoridad responsable que, de no advertir la actualización de otras causantes de improcedencia continúe con la subsanación de procedimiento de denuncia.
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