Ciudad de México.- Una comisión del Congreso de la República de Perú aprobó declarar al presidente Andrés Manuel López Obrador como persona non grata, ante críticas al gobierno de Dina Boluarte y a los legisladores del país andino por tener preso a Pedro Castillo, así como por autorizar el arribo de 700 soldados de Estados Unidos al país.
A través de redes sociales, el Congreso de Perú anunció que "con 11 votos a favor, la Comisión de Relaciones Exteriores aprobó la moción que rechaza las declaraciones del presidente de México, Andrés López Obrador, y lo declara persona non grata".
"Cabe indicar que, de acuerdo al artículo 68 del Reglamento del Congreso, la moción pasará al #PlenoDelCongreso para que se pronuncie sobre este asunto".
¿Qué dijo AMLO sobre ser declarado persona non grata en Perú?
El jefe del Ejecutivo dijo el lunes que Perú debería darle la libertad a Pedro Castillo y restituirlo, para hacer un acuerdo y que se convoque a elecciones generales para que el pueblo peruano decida.
"Pero cómo vamos a estar así, no es declarar non grato al presidente de México, para mí es hasta un timbre de orgullo que quienes actúan de esa manera me declaren non grato, pero está, no es correcto", dijo.
Incluso, López Obrador dijo con estas críticas les da más elementos a los peruanos para que sigan inconformándose con las declaraciones que da desde Palacio Nacional.
Y sobre los 700 soldados estadunidenses que presuntamente el Congreso de Perú autorizó, López Obrador hizo un llamado de atención al gobierno de Estados Unidos por mantener “una política injerencista que en nada ayuda”.
¿Qué dice el artículo 68 del Reglamento del Congreso de Perú?
Las mociones de orden del día son propuestas mediante las cuales los Congresistas ejercen su derecho de pedir al Congreso que adopte acuerdos sobre asuntos importantes para los intereses del país y las relaciones con el gobierno. Se presentan ante la Oficialía Mayor del Congreso y proceden en los siguientes casos:
- Solicitud de conformación de Comisiones de Investigación.
- Pedidos de interpelación y de invitación al Consejo de Ministros o a los ministros en forma individual para informar.
- Pedidos de censura o negación de confianza al Consejo de Ministros en su conjunto o a los ministros en forma individual.
- Pedidos de censura o proposición de confianza a los miembros de la Mesa Directiva del Congreso.
- Pedidos para que el Pleno se pronuncie sobre cualquier asunto de importancia nacional.
- Las proposiciones de vacancia de la Presidencia de la República, por la causal prevista por el inciso 2) del artículo 113 de la Constitución Política. (Inciso adicionado. Resolución Legislativa del Congreso 030-2003-CR, publicada el 4 de junio de 2004)
Las mociones de orden del día pueden ser fundamentadas por su autor. Su admisión a debate requiere el voto favorable de la mayoría de Congresistas hábiles; salvo disposición constitucional diferente. La admisión a debate, en lo que se refiere a la conformación de Comisiones Investigadoras se rige por lo dispuesto en el artículo 88 del presente Reglamento.
Las mociones de saludo de menor importancia se tramitan directamente ante el Consejo Directivo, salvo casos excepcionales, a criterio del Presidente.