Un juez de distrito concedió una suspensión definitiva a Jesús Murillo Karam, exprocurador general de la República, contra la vinculación a proceso por los delitos de tortura, contra la administración de la justicia y desaparición forzada en el caso Ayotzinapa.
De esta forma, Murillo Karam logró que se suspenda el procedimiento penal que se sigue en su contra, una vez cerrada la etapa de intermedia, por la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa.
El exprocurador continuará en prisión pues el juez federal estudia si le concede el amparo definitivo o no que tramitó por su “detención ilegal”, además aún falta ver si habrá impugnaciones y la revisión de los Tribunales.
Desde el 20 de agosto, Murillo Karam se quedó en prisión luego de que, en una audiencia, el juez consideró que la medida cautelar de prisión preventiva justificada contra el exprocurador evitaría riesgos procesales argumentados por los fiscales, por ejemplo, que pueda sustraerse de la justicia por su capacidad económica y relaciones.
Sin embargo, el ex funcionario no saldrá del Reclusorio Norte por el momento, ya que la Fiscalía General de la República puede apelar el resolutivo del juzgado para que el caso se turne a un tribunal colegiado quien determinara si confirma, modifica o revoca el fallo de primera instancia.
El juez analizará si no hubo excesos al dictarle la vinculación a proceso cuando inicialmente consideró que los ministerios públicos no estaban preparados para la audiencia e incluso les hizo señalamientos sobre cómo presentaron el caso, las presuntas pruebas y la formalización de éstas en acusación.
Además, dentro del mismo juzgado decimosexto de distrito en materia de amparo está en análisis un juicio de garantías con el que se busca obtener cambio de medidas cautelares y Murillo Karam pueda enfrentar su proceso en libertad.
El juzgado decimosexto de distrito en materia de amparo se declaró incompetente para continuar con el asunto y ordenó turnar el expediente al juzgado segundo de distrito de amparo en materia penal de la Ciudad de México, ya que argumentó que este órgano jurisdiccional conoció en primera instancia el recurso que interpuso Murillo Karam contra la detención ilegal, ya que proviene de la misma causa penal 307/2022.
Yazmín Eréndira Ruiz Ruiz, jueza decimosexta de distrito de amparo en materia penal en la Ciudad de México, expuso que no pasa inadvertido el hecho de que su homólogo haya resuelto tener por no presentada la demanda, debido a que Murillo Karam no la ratificó por así convenir a sus intereses, no es impedimento para que ese juzgado conozca del asunto, pues “para que un órgano jurisdiccional conozca de asuntos relacionados por derivar del mismo expediente jurisdiccional –como el caso acontece– resulta irrelevante que se haya realizado algún análisis del fondo del asunto o no”.
Las pruebas contra Murillo Karam
Entra las pruebas que presentó la Fiscalía General de la República (FGR) para lograr la vinculación a proceso del exprocurador Jesús Murillo Karam por tortura, desaparición forzada y delitos contra la administración de justicia por el caso Ayotzinapa, están las declaraciones de detenidos que fueron torturados y exfuncionarios que falsificaron documentos, pero que no lo señalan directamente.
Sin embargo, el juez Marco Antonio Fuerte Tapia apoyó la tesis de la Fiscalía de que Murillo Karam debió haber estar enterado que sus subordinados cometían delitos; por eso también consideran como pruebas las cuatro conferencias de prensa ofrecidas como procurador donde informó sobre la investigación de la desaparición de los estudiantes y dio a conocer la ‘verdad histórica’.
Con esos argumentos, el juez dictó la vinculación a proceso este 24 de agosto y prisión preventiva justificada como medida cautelar que mantendrá a Jesús Murillo Karam en el Reclusorio Norte al menos los siguientes 90 días mientras continúa la investigación en el proceso. Mientras que su defensa, dijo, impugnará la resolución.