Un Tribunal Colegiado de Enjuiciamiento de la Ciudad de México determinó que Mónica García Villegas, dueña del Colegio Enrique Rébsamen, es culpable de los delitos de homicidio culposo contra 26 personas, entre ellos, 19 niños, fallecidos tras el colapso de la escuela durante el sismo del 19 de septiembre de 2017.
La mujer también fue hallada culpable del delito de Responsabilidad de Director Responsable de Obra o Corresponsables.
Será en sesión posterior cuando el Tribunal individualice la pena y determine la sanción penal que le corresponderá a García Villegas, actualmente presa en el penal femenil de Santa Martha Acatitla.
La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México solicitó al Tribunal se le imponga la pena de 57 años de prisión.
La dependencia dijo que en la audiencia de enjuiciamiento, el Tribunal estableció que más allá de toda duda razonable, las pruebas aportadas por el Ministerio Público fueron contundentes para establecer que García Villegas fue omisa al no atender las disposiciones establecidas en el Reglamento de Construcciones y la Ley de Desarrollo Urbano, ambas para el entonces Distrito Federal, con lo que puso en riesgo a toda la comunidad educativa del plantel que colapsó por sismo del 19 de septiembre de 2017.
“La representación social pidió 52 años de prisión por el delito de homicidio culposo, diversos 26, al tener calidad garante de las vidas de todos los que conformaban la comunidad educativa, y 5 años adicionales por el delito de Responsabilidad de Director Responsable de Obra (DRO) o Corresponsables”, precisó la dependencia capitalina.
Dijo que con base en la investigación, a las 13:14 horas de aquel 19 de septiembre de 2017 se suscitó un sismo en la Ciudad de México, y debido a las fallas estructurales que presentaba el inmueble habilitado como colegio privado, de nombre Enrique Rébsamen, ubicado en la colonia Nueva Oriental Coapa, alcaldía Tlalpan, se derrumbó la parte destinada al área administrativa, lo que provocó la muerte de 26 personas, en su mayoría niñas, niños y adolescentes.
“Cabe resaltar que la procesada no solo era la directora general del colegio privado, sino que también fungía como socia mayor y administradora de las sociedades civiles, que abarcaba desde la educación preescolar a la instrucción secundaria; de acuerdo con la acusación, ella omitió atender las disposiciones establecidas en el Reglamento y en la Ley arriba citados”, agregó.
Dijo que con los elementos de prueba reunidos por el Ministerio Público, en colaboración permanente con los padres de familia, se pudo demostrar que la mujer, aun cuando tenía pleno conocimiento de que su conducta estaba prohibida, no respetó las normas de construcción en cuanto al número de niveles ni el tipo de uso de suelo autorizado en la zona, lo que puso en riesgo a la comunidad educativa que le correspondía proteger.
Cabe destacar que la audiencia de enjuiciamiento se celebró a puerta cerrada y tuvo una duración de más de 10 horas.
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