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Estos son los requisitos y los pasos para solicitar el apoyo de gastos funerarios por COVID-19 del Gobierno

El Gobierno de México presentó más temprano este martes un nuevo programa de apoyo de gastos funerarios para familiares de personas fallecidas por COVID-19 en el país.

¿Cuáles son los requisitos para solicitarlo y cómo puedo hacerlo? Te explicamos.

-El apoyo será de 11 mil 460 pesos y se entregará en una sola ocasión a familiares de fallecidos por coronavirus; es universal, por lo que no se necesita seguro social para solicitarlo, y es de entrega directa.

-Los familiares podrán hacer la solicitud a través de la página web Deudos COVID-19, la cual será habilitada a partir del 2 de diciembre.

-Los beneficiarios serán los familiares de la persona fallecida por COVID-19, es decir: esposo, esposa o pareja; hijas o hijos; así como madre o padre.

-Una vez que sea recibida la solicitud de los familiares, habrá un tiempo de espera de una semana.

-Si no se presenta una segunda solicitud, se genera el pago.

-Si otro familiar solicita el apoyo por la misma persona, deberán dirimir la controversia.

-Los requisitos son: acta de defunción por COVID-19; declaración bajo protesta de decir verdad que dicho apoyo será utilizado para la recuperación económica familiar derivada del gasto funerario; acreditar parentesco.

-Zoé Robledo, director del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), explicó durante la presentación del programa de apoyos los cinco pasos para solicitarlo. Estos son:

1. Acceder a la plataforma electrónica e ingresar los datos de la CURP de la persona fallecida y adjuntar el acta de defunción por COVID-19.

2. Registrar a la persona beneficiaria: se registra la CURP de la persona solicitante, así como datos generales y una identificación oficial, y un documento que acredite el parentesco.

3. Datos bancarios. Se determinará el medio de entrega del apoyo, el cual se hará por tranferencia bancaria si la persona solicitante tenga una cuenta bacnaria a su nombre, o por generación de folio para cobro en ventanilla en una institución bancaria.

4. Declaratoria bajo protesta de decir verdad. El solicitante deberá leerla y aceptarla.

5. Por último, la plataforma generará un comprobante de solicitud para su posterior pago, a partir de la descarga de un folio con el que se realizará el trámite.

-En caso de que una persona quiera solicitar el apoyo pero no cuente con internet para realizar el trámite, podrá acudir a las oficinas del DIF en territorio nacional para ser atendido en el lugar.

-Zoé Robledo indicó que en el correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. se estará dando información hasta el 2 de diciembre, cuando la página estará habilitada para realizar las solicitudes.