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Impugnan orden para cambiar el Plan de Vacunación en México.

La Secretaría de Salud impugnó la orden de un juez federal para modificar la Política Nacional de Vacunación (PNV) contra COVID-19, de tal modo que la edad no sea el único criterio, sino también la vulnerabilidad por otros padecimientos.

La Oficina del Abogado General de la Ssa presentó este miércoles un recurso de queja contra la suspensión de oficio notificada el lunes pasado por Martín Santos Pérez, juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, quien calificó de "simplista" la PNV y ordenó ajustarla a lineamientos de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

La queja será revisada por un tribunal colegiado de circuito, pero la Ssa tendrá que presentar varias más, pues entre martes y jueves Santos Pérez concedió al menos cinco suspensiones adicionales, idénticas a la original en favor de Manuel Silva Vega.

"Pues no tenía información de eso, pero creo que es improcedente. No vamos nosotros a dejar de cumplir con la ley, pero no creo que con un amparo se detenga todo el plan nacional de vacunación", dijo el Presidente Andrés Manuel López Obrador sobre este tema en su conferencia del martes.

"Se concede de oficio la suspensión de plano para el efecto de que la autoridad responsable emita un programa de vacunación en contra el virus SARS-CoV-2, en el que atienda a cabalidad el documento de la OPS", es lo que ha ordenado el Juez.

"Conforme a dicho programa, le aplique al quejoso la vacuna contra la enfermedad Covid-19, en el momento en que le corresponda, esto es, debiendo priorizar en todo momento a: i) los trabajadores de salud de todos los niveles de atención y de otros servicios esenciales establecidos en el País; y, ii) los grupos de mayor riesgo identificados según la situación epidemiológica nacional, es decir, adultos mayores y personas con enfermedades crónicas, así como también aquellas pertenecientes a las regiones con mayor densidad poblacional y con mayor riesgo de contagio", agrega.

Las suspensiones, en teoría, deben ser acatadas de inmediato por las autoridades, aunque éstas las impugnen.

El juzgado no ha publicado datos personales de los quejosos en estos amparos, salvo sus nombres, pero aparentemente se trata de personas menores de 60 años con enfermedades que los hacen vulnerables al coronavirus.