Por: Cortesía

Nacional

Juez concede amparo para suspender implementación del padrón de usuarios de telefonía móvil

Se concedió la suspensión provisional a un ciudadano que inicio un juicio de amparo contra la implementación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, la cual fue otorgada por el mismo juez que aprobó la suspensión a la reforma  Eléctrica, Juan Pablo Gómez Fierro.

Hace una semana, el Senado de la República  aprobó que los ciudadanos entreguen al gobierno sus datos biométricos, es decir, huellas dactilares, escaneo del iris de los ojos, o reconocimiento facial para poder poseer un teléfono celular.

Con dicha suspensión provisional el ciudadano no tiene la obligación de registrar su línea telefónica móvil en el padrón y, en consecuencia, no le sea cancelada por su falta de registro.

Además, el juez sostiene que establecer la obligación de registrar los datos personales y biométricos (huellas digitales, el iris, rostro o retina) para tener una línea de telefonía constituye una norma susceptible de suspenderse, porque obliga a los ciudadanos a actuar en determinado sentido.

De igual manera, la suspensión no define si el padrón viola los derechos humanos, sin embargo, hace un análisis preliminar sobre la posible afectaciones a garantías constitucionales como negar el servicio de telefonía, el cual incide en otros derechos: acceso a las tecnologías de la información, servicios de radiodifusión y telecomunicaciones.

“Repercutiría en el derecho al libre acceso  a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión, reconocidos en el artículo 6 de la Constitución”,  se afirma en el amparo.

También, destaca que “no se aprecia cómo es que la entrega de esos datos personales, como excepción al principio de su protección, podría influir de manera positiva e las actividades de seguridad pública que el Estado está obligado a desplegar e, incluso, no se entiende en qué medida se podría ver favorecida la investigación y persecución del delito, ya que la entrega de aquellos datos personales no constituye una condición necesaria para que las instancias respectivas investiguen más o mejor”.

Ante esto, el juez mencionó que dicha suspensión no obstaculizaría a las autoridades de seguridad y justicia en el desempeño de sus funciones, porque aún podrían solicitar la geolocalización de los equipos y tienen otras herramientas para investigar delitos.

Cabe mencionar que el próximo 27 de abril se realizará la audiencia incidental para definir si se otorga la suspensión definitiva o no.

 

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