Según la organización El Poder del Consumidor, Bimbo impugnaba la prohibición de personajes y otros recursos visuales en etiquetas de productos con sellos de advertencia.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó los amparos presentados por empresas como Bimbo y Bebiendo. Estos amparos, en revisión bajo los expedientes 614/2023 y 272/2024, intentaban eliminar regulaciones que limitan el uso de personajes y elementos de marketing en productos con sellos de advertencia.
Según la organización El Poder del Consumidor, Bimbo impugnaba la prohibición de personajes y otros recursos visuales en etiquetas de productos con sellos de advertencia. En el caso de Bebiendo, la empresa buscaba permitir el uso de estos recursos publicitarios en medios como cine, radio, televisión e internet.
Ambas compañías solicitaron el desistimiento de sus amparos antes de la resolución de la Segunda Sala, en lo que El Poder del Consumidor calificó como un intento de entorpecer la implementación de políticas de salud pública.
La SCJN, en votación unánime de cinco votos, aceptó el desistimiento de Bebiendo, con lo que quedó confirmada la sentencia de primera instancia. Esta resolución indica que el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad no generaba un perjuicio significativo para la empresa.
En cuanto a Bimbo, la Segunda Sala aceptó el desistimiento de Corporativo Bimbo, Grupo Bimbo, Bimbo y Tradición en Pastelerías, pero Productos Ricolino no se sumó al desistimiento. Por esta razón, la Corte devolvió el caso al Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa de la Ciudad de México.
El tribunal, con el magistrado presidente Sergio Urzúa Hernández y la magistrada Carolina Isabel Alcalá Valenzuela, deberá analizar la situación del amparo de Ricolino. El Poder del Consumidor exhortó al tribunal a priorizar los derechos de la niñez y adolescencia frente a los intereses económicos de las industrias de alimentos ultra procesados y bebidas azucaradas.