El Senado de la República aprobó este jueves, en lo general y lo particular, el proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 108 y 111 constitucionales en materia de fuero presidencial.
El dictamen obtuvo 89 votos a favor, 23 en contra y cero abstenciones, con lo que reunió la mayoría calificada para la aprobación. Así, el Senado remitió la minuta a los Congresos locales.
El proyecto aprobado contempla que el presidente de la República podrá ser juzgado durante su tiempo en el cargo.
El titular del Ejecutivo podrá ser imputado y juzgado por delitos de corrupción, electorales, traición a la patria y delitos por los que podría ser enjuiciado todo ciudadano.
Poco antes, los senadores rechazaron el proyecto en lo general. Por esto, se procedió a desahogar el trámite de voto particular presentado por el senador Alejandro Peña Villa.
A través de este proyecto alterno se propuso la eliminación del fuero específicamente del presidente de México, más no de diputados y senadores, cuyo fuero será discutido y votado ahora en una minuta a parte.
Los artículos transitorios incluidos en el Voto Particular indican que: Primero, el decreto entrará en vigor al día siguiente de que sea publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Segundo, se derogan todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto por el presente Decreto.
El voto particular es una expresión formal de un legislador sobre algún asunto, con independencia de la opinión general, ya sea en sentido positivo o negativo. Este es sometido a discusión solo en caso de que el Pleno deseche el dictamen en cuestión.
En ese caso, el autor del voto particular expondrá los motivos y el contenido del mismo. Si se aprueba un voto particular en la Cámara de Senadores, el dictamen recibirá trámite.
El 12 de noviembre, Peña Villa presentó un voto particular sobre el decreto que reforma artículos en materia de fuero.
El texto alternativo del voto particular, aprobado este jueves y presentado por el legislador Peña Villa, indica lo siguiente:

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