Por: Cortesía

Nacional

Sentencias contra AMLO por intervenciones en las elecciones

Las decisiones de la Sala Superior del Tribunal Electoral son definitivas y confirman la violación de los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad, así como el uso indebido de recursos públicos.

El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral ratificó tres sentencias respecto a la participación del presidente Andrés Manuel López Obrador y sus colaboradores en el proceso electoral. Las decisiones de la Sala Superior son definitivas y confirman la violación de los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad, así como el uso indebido de recursos públicos.

Las sanciones derivan de declaraciones realizadas durante las conferencias matutinas, donde el presidente expresó apoyo hacia candidatas de Morena y difundió propaganda gubernamental. La Sala Superior corroboró que dichas expresiones no se ajustaron al carácter institucional, informativo, educativo o de orientación social que deben tener los espacios de comunicación oficial.

Las quejas fueron interpuestas por partidos de oposición con respecto a las conferencias matutinas de los días 21 y 22 de marzo, así como del 12 de abril.

La Sala Superior confirmó la intervención del presidente Andrés Manuel López Obrador al manifestarse a favor de Rocío Nahle, quien entonces era candidata de Morena a la gubernatura de Veracruz.

En esa conferencia, primero dijo que no podía hablar sobre el tema, pero luego arrancó una alocución para hablar a favor de la candidata morenista y desear que no vuelvan los gobiernos anteriores:

“Y como yo soy de aquí, pues yo no le voy a desear, no le voy a desear a mi pueblo querido que vuelva a pasar lo que ya sufrieron”.

La conclusión del tribunal fue:

… del análisis de las expresiones y el contexto en que fueron emitidas, es posible desprender que, durante las campañas electorales, en una conferencia de prensa, se posicionaron de manera positiva frente a la ciudadanía, por lo que es válida la aplicación de sanciones previstas en la normativa electoral.

El Tribunal también impuso sanciones por la conferencia del 12 de abril, donde el presidente expresó abiertamente su apoyo a obras y programas de gobierno, además de criticar a quienes considera opositores.

Además, se emitió una tercera sanción contra la canciller Alicia Bárcena por difundir propaganda gubernamental durante un periodo prohibido, al mencionar beneficios entregados a migrantes, lo cual contraviene la ley.

En estos casos, el Tribunal determinó que hubo violación de los principios de imparcialidad y neutralidad, difusión indebida de propaganda gubernamental y uso inapropiado de recursos públicos.

El Tribunal concluyó que dichas expresiones se apartaron del carácter institucional que deben tener los espacios de comunicación oficial.