Tlaxcala, Tlax., – En una resolución de trascendencia jurídica para la vida política del estado, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) determinó, por mayoría de votos, la existencia de Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género en perjuicio de la síndica del municipio de Españita.
La sentencia, derivada del procedimiento TET-PES-001/2026, establece una sanción contra el presidente municipal, la tesorera y la secretaria del Ayuntamiento tras confirmarse una serie de conductas sistemáticas orientadas a obstruir el ejercicio del cargo de la funcionaria.
El análisis del tribunal se realizó bajo una perspectiva de género estricta, aplicando una valoración probatoria reforzada y la reversión de la carga de la prueba, conforme a los criterios de la Sala Superior.
Entre los hechos acreditados destacan la omisión reiterada de respuesta a solicitudes oficiales, la exclusión de sus intervenciones en las actas de Cabildo y la instrucción directa al personal municipal para restringirle el acceso a la información.
Asimismo, se comprobó que el alcalde ejerció intimidación mediante amenazas de suplantar sus funciones y expresiones que reproducían estereotipos de género, minimizando su capacidad profesional por su condición de mujer.
El fallo se sustentó de manera determinante en dictámenes periciales psicológicos emitidos por la Coordinación de Género del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) y la Secretaría de las Mujeres.
Dichos estudios concluyeron que la síndica presenta afectaciones emocionales, como ansiedad y depresión moderada, derivadas de un entorno de exclusión e intimidación institucional.
Los informes de trabajo social coincidieron en que la participación de la denunciante ha estado marcada por dinámicas de obstrucción que han limitado su desempeño en igualdad de condiciones frente a sus pares.
Como consecuencia de este fallo, el tribunal impuso una multa de 100 Unidades de Medida y Actualización (UMA) y ordenó al presidente municipal de Españita la acreditación obligatoria de un curso en materia de Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género, como medida de satisfacción y garantía de no repetición.
Durante el debate, la magistrada presidenta Esther Terova Cote y el magistrado Ángel Magdiel Benítez Pérez defendieron la solidez de las probanzas, enfatizando la importancia de no normalizar conductas discriminatorias en el ejercicio público, a pesar del voto particular de la magistrada Claudia Salvador Angel, quien consideró que los hechos se circunscribían a una problemática de obstrucción del cargo sin alcanzar los criterios de violencia de género.
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