Tlaxcala, Tlax.- El Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) revocó una medida del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) que ordenaba retirar publicaciones del medio digital La Bestia Política relacionadas con presuntos actos de proselitismo político en el Colegio de Bachilleres del Estado de Tlaxcala (Cobat).
La resolución abrió nuevamente el debate sobre los límites entre la vigilancia electoral y la protección al ejercicio periodístico, luego de que los magistrados determinaron que la autoridad administrativa no justificó de manera suficiente la restricción impuesta al medio de comunicación.
Tribunal Electoral de Tlaxcala revoca medida contra publicaciones periodísticas
Durante una sesión pública, el TET resolvió el juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía TET-JDC-054/2026, promovido por Edgar García Gallegos, administrador del portal informativo, quien impugnó las medidas cautelares emitidas dentro del procedimiento sancionador CQD/Q/JRCR/039/2026.
Los magistrados aprobaron por unanimidad dejar sin efecto la determinación del ITE al considerar que la autoridad electoral no acreditó elementos suficientes para restringir contenidos publicados por un medio informativo.
La resolución fue elaborada bajo la ponencia de la magistrada Claudia Salvador Ángel, quien planteó el análisis sobre la protección constitucional de la libertad de expresión y el derecho a la información.
El TET señaló que el periodismo tiene protección especial en democracia
En su sentencia, el órgano jurisdiccional destacó que la labor periodística cuenta con una protección reforzada dentro del Estado mexicano debido a su papel en la difusión de información y en la construcción de una opinión pública informada.
Los magistrados señalaron que las publicaciones realizadas por La Bestia Política correspondían a una actividad informativa desarrollada en una plataforma periodística, además de abordar un tema considerado de interés público relacionado con posibles actividades político-electorales dentro de espacios educativos.
El tribunal recordó que los medios de comunicación tienen una presunción de licitud, la cual únicamente puede perderse cuando existen pruebas sólidas que demuestren que la actividad informativa es simulada o tiene fines distintos al periodismo.
La autoridad electoral no acreditó una afectación a la equidad del proceso
El TET determinó que el ITE no presentó elementos suficientes para demostrar que las publicaciones denunciadas representaban una infracción electoral o un riesgo real para la equidad de una contienda.
De acuerdo con la resolución, las medidas cautelares requieren hechos objetivos que permitan advertir una posible violación a la normativa electoral y la necesidad de evitar daños mientras se resuelve el fondo del asunto.
Sin embargo, los magistrados consideraron que la autoridad administrativa realizó una argumentación general y no explicó de manera específica por qué debía limitarse la libertad de prensa frente al principio de equidad electoral.
La resolución marca un nuevo llamado al ITE sobre libertad de expresión
El Tribunal Electoral de Tlaxcala también emitió un exhorto al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones para que, dentro de sus funciones, garantice el respeto a los derechos de libertad de expresión, acceso a la información y libertad de prensa.
La decisión mantiene pendiente el análisis de fondo del procedimiento electoral, pero deja sin efecto la restricción inmediata que impedía al medio mantener sus publicaciones relacionadas con el caso.
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