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Tlaxcala, Tlax.- El Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) revocó una medida del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) que ordenaba retirar publicaciones del medio digital La Bestia Política relacionadas con presuntos actos de proselitismo político en el Colegio de Bachilleres del Estado de Tlaxcala (Cobat).
La resolución abrió nuevamente el debate sobre los límites entre la vigilancia electoral y la protección al ejercicio periodístico, luego de que los magistrados determinaron que la autoridad administrativa no justificó de manera suficiente la restricción impuesta al medio de comunicación.
Tribunal Electoral de Tlaxcala revoca medida contra publicaciones periodísticas
Durante una sesión pública, el TET resolvió el juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía TET-JDC-054/2026, promovido por Edgar García Gallegos, administrador del portal informativo, quien impugnó las medidas cautelares emitidas dentro del procedimiento sancionador CQD/Q/JRCR/039/2026.
Los magistrados aprobaron por unanimidad dejar sin efecto la determinación del ITE al considerar que la autoridad electoral no acreditó elementos suficientes para restringir contenidos publicados por un medio informativo.
La resolución fue elaborada bajo la ponencia de la magistrada Claudia Salvador Ángel, quien planteó el análisis sobre la protección constitucional de la libertad de expresión y el derecho a la información.
El TET señaló que el periodismo tiene protección especial en democracia
En su sentencia, el órgano jurisdiccional destacó que la labor periodística cuenta con una protección reforzada dentro del Estado mexicano debido a su papel en la difusión de información y en la construcción de una opinión pública informada.
Los magistrados señalaron que las publicaciones realizadas por La Bestia Política correspondían a una actividad informativa desarrollada en una plataforma periodística, además de abordar un tema considerado de interés público relacionado con posibles actividades político-electorales dentro de espacios educativos.
El tribunal recordó que los medios de comunicación tienen una presunción de licitud, la cual únicamente puede perderse cuando existen pruebas sólidas que demuestren que la actividad informativa es simulada o tiene fines distintos al periodismo.
La autoridad electoral no acreditó una afectación a la equidad del proceso
El TET determinó que el ITE no presentó elementos suficientes para demostrar que las publicaciones denunciadas representaban una infracción electoral o un riesgo real para la equidad de una contienda.
De acuerdo con la resolución, las medidas cautelares requieren hechos objetivos que permitan advertir una posible violación a la normativa electoral y la necesidad de evitar daños mientras se resuelve el fondo del asunto.
Sin embargo, los magistrados consideraron que la autoridad administrativa realizó una argumentación general y no explicó de manera específica por qué debía limitarse la libertad de prensa frente al principio de equidad electoral.
La resolución marca un nuevo llamado al ITE sobre libertad de expresión
El Tribunal Electoral de Tlaxcala también emitió un exhorto al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones para que, dentro de sus funciones, garantice el respeto a los derechos de libertad de expresión, acceso a la información y libertad de prensa.
La decisión mantiene pendiente el análisis de fondo del procedimiento electoral, pero deja sin efecto la restricción inmediata que impedía al medio mantener sus publicaciones relacionadas con el caso.
Tlaxcala, Tlax.- La SCJN invalida leyes de ingresos municipales de Tlaxcala tras determinar que varios ayuntamientos aplicaron cobros distintos por un mismo servicio público. La resolución impacta disposiciones aprobadas para el ejercicio fiscal 2026 y marca nuevamente un límite constitucional a las tarifas municipales.
La decisión del máximo tribunal del país fue tomada por unanimidad y derivó de una acción promovida por la CNDH contra normas que establecían diferencias en el pago por la asignación de número oficial a inmuebles.
Corte invalida cobros municipales en Tlaxcala por tarifas diferenciadas
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inválidas diversas disposiciones incluidas en las leyes de ingresos de 10 municipios de Tlaxcala, al considerar que establecían cobros diferentes para un servicio que, en esencia, era el mismo.
La resolución correspondió a la Acción de Inconstitucionalidad 131/2025, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, cuyo proyecto fue presentado ante el pleno por la ministra María Estela Ríos González.
Los municipios involucrados son Nanacamilpa de Mariano Arista, San José Teacalco, San Lucas Tecopilco, Tenancingo, Tepetitla de Lardizábal, Tepeyanco, Tlaxco, Tocatlán, Totolac y Xaltocan.
El punto clave: un mismo trámite con precios distintos
El conflicto jurídico surgió por el cobro del servicio de asignación de número oficial a bienes inmuebles.
Las normas municipales establecían tarifas distintas dependiendo del destino del predio o construcción, como vivienda, comercio, industria, servicios, bodegas, estacionamientos, fraccionamientos o desarrollos habitacionales.
La Corte consideró que ese criterio no estaba relacionado con el costo real del servicio prestado por la autoridad municipal.
La ministra ponente señaló que las tarifas no pueden modificarse tomando como base el uso económico que tendrá un inmueble, debido a que el trámite administrativo realizado por el municipio es sustancialmente el mismo.
La Corte marca nuevamente límites a las leyes municipales
Durante la discusión, el pleno sostuvo que los derechos cobrados por autoridades deben mantener una relación directa con la actividad administrativa realizada y no depender de factores externos.
El presidente de la SCJN explicó que no existe una diferencia válida para cobrar más por la asignación de un número oficial cuando el procedimiento realizado por la autoridad es igual para todos los solicitantes.
Con esta resolución, el máximo tribunal mantiene una línea de criterios similares aplicados anteriormente en otros casos relacionados con municipios tlaxcaltecas.
Congreso de Tlaxcala deberá considerar criterios constitucionales
Como parte de los efectos de la sentencia, la invalidez comenzará a aplicarse después de que sean notificados los puntos resolutivos al Congreso local.
Además, la Corte exhortó al Poder Legislativo de Tlaxcala a considerar los parámetros constitucionales sobre proporcionalidad y equidad tributaria al aprobar futuras leyes de ingresos municipales.
El fallo representa un nuevo llamado de la SCJN para que los cobros públicos mantengan una relación clara con los servicios que reciben los ciudadanos y no generen diferencias sin una justificación constitucional.
Tlaxcala, Tlax.- La Condusef en Tlaxcala atendió mil 743 reclamaciones de usuarios de servicios financieros durante los primeros cinco meses de 2026, periodo en el que logró recuperar 8.8 millones de pesos en favor de personas que solicitaron apoyo ante problemas con instituciones financieras.
El reporte revela un aumento importante de casos respecto al año anterior y muestra que los cargos no reconocidos, transferencias desconocidas y conflictos relacionados con créditos continúan entre los principales motivos de inconformidad.
Reclamos financieros en Tlaxcala aumentaron durante 2026
De acuerdo con el informe de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, los casos registrados en Tlaxcala representaron el 1.5 por ciento de las reclamaciones nacionales entre enero y mayo de 2026.
La cifra de mil 743 asuntos atendidos significa un incremento del 35 por ciento en comparación con el mismo periodo del año pasado, lo que refleja una mayor demanda de apoyo por parte de usuarios que enfrentan dificultades con productos o servicios financieros.
Los municipios con mayor número de reclamaciones fueron Tlaxcala capital, con 22.8 por ciento de los casos; Apizaco, con 10.3 por ciento; y Chiautempan, con 6.1 por ciento.
Los fraudes y cargos no reconocidos concentran parte de las quejas
Uno de los datos que más llama la atención del reporte es que 28 por ciento de las reclamaciones estuvo relacionado con posibles fraudes, principalmente por consumos no reconocidos y transferencias electrónicas que los usuarios señalaron no haber realizado.
En la Banca Múltiple, sector con mayor cantidad de inconformidades, las principales causas fueron los consumos no reconocidos, las transferencias electrónicas no identificadas y desacuerdos con saldos de créditos o montos de pagos.
Estos problemas representaron el 46.2 por ciento de las reclamaciones dirigidas contra instituciones bancarias.
Bancos, tarjetas y créditos concentran la mayoría de los casos
El reporte de la Condusef señala que la Banca Múltiple acumuló el 53.1 por ciento de las reclamaciones en Tlaxcala, seguida por las Sociedades de Información Crediticia con 18.4 por ciento y las aseguradoras con 11.5 por ciento.
Entre los productos financieros con más quejas destacan la tarjeta de crédito, tarjeta de débito y créditos personales, que en conjunto concentraron el 61.3 por ciento de los casos.
La mayoría de los asuntos fueron atendidos mediante Gestión Electrónica, mecanismo que representó el 68.9 por ciento de los procedimientos y permite canalizar respuestas entre usuarios e instituciones financieras.
Mujeres y adultos mayores, entre los grupos con más reclamaciones
Del total de reclamaciones recibidas en Tlaxcala, el 52.4 por ciento fue presentado por mujeres, mientras que el 47.6 por ciento correspondió a hombres.
En el caso de personas adultas mayores, las principales inconformidades estuvieron relacionadas con productos como tarjetas bancarias y reportes de crédito especial.
La Condusef informó que la entidad registró una favorabilidad al usuario del 49.1 por ciento, resultado que refleja la proporción de casos donde las personas obtuvieron una respuesta favorable tras solicitar intervención.






























































