Tras 14 años de pugna religiosa, política y judicial, Chile se sumó ayer a un reducido grupo de países de América Latina y el Caribe y aprobó la unión civil entre personas del mismo sexo o enlace igualitario como acto judicial administrativo no religioso, en un hecho que atizó las pugnas sociales en vísperas de la segunda y definitiva ronda de los comicios presidenciales del próximo 19 de diciembre.
Chile se unió a Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Uruguay y 18 estados de México y acató un fallo vinculante que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) aprobó en noviembre de 2017 y difundió en enero de 2018 para advertir que sería inadmisible que haya “dos clases de uniones solemnes para consolidar jurídicamente la comunidad de convivencia heterosexual y homosexual”.
“Este es, sin duda, un logro histórico no solo para Chile, sino que mundial”, afirmó la chilena Paulina Acevedo, coordinadora de Ciudadanía e Interculturalidad en el (no estatal) Observatorio Ciudadano de Chile.
“Esta aprobación incentiva que se vaya ratificando en otros países. Es un impulso que ha dado Chile a la igualdad de condiciones para las personas del mismo sexo que desean contraer un vínculo matrimonial”, explicó Acevedo.
“Lo que hoy acontece en Chile es un paso hacia adelante en torno a las libertades, a la igualdad de condiciones y a la no discriminación que celebramos y valoramos ampliamente”, afirmó.
El Congreso de Chile aceptó ayer una ley de matrimonio igualitario que, en un primer paso este mismo martes, fue avalada por el Senado y luego, en una intensa jornada parlamentaria, por la Cámara de Diputados por 82 votos a favor, 20 en contra y dos abstenciones.
La ley pasará a la firma del presidente de Chile, Sebastián Piñera, un conservador de centro--derecha que en junio anterior anunció que la impulsaría, pese a que tampoco integra su ideario político.
Aunque el proyecto original fue planteado en agosto de 2017 por la entonces presidenta de Chile, Michelle Bachelet, el primer intento se registró en 2008 en una gestión del (no estatal) Movimiento de Integración y Liberación Homosexual de Chile (Movilh). El Estado chileno fue demandado en 2012 por Movilh en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por la prohibición.
Chile promulgó en 2015 el Acuerdo de Unión Civil, que se convirtió hasta ayer en el único instrumento legal para refrendar la unión de personas del mismo sexo y permitió acceder a variados derechos y deberes del matrimonio.
El Acuerdo, sin embargo, cerró otras posibilidades y generó factores catalogados como discriminatorios por activistas de derechos humanos, como la adopción y los derechos de identidad o filiación de los hijos, entre otros.
La medida atizó la pugna en el escenario electoral chileno, polarizado entre el abogado derechista José Antonio Kast Rist, del Partido Republicano, y el político izquierdista Gabriel Boric Font, de Convergencia Social.
Familias y parejas
Luego de que el Congreso avaló ayer el paquete de reformas a distintas estructuras legales, el Movilh proclamó en un comunicado que “Chile ha dado un paso histórico y decisivo para el avance y consolidación de los derechos humanos de las parejas del mismo sexo y de las familias homoparentales”.
Las parejas y sus parientes “sin distinción, venían siendo discriminadas y vulneradas desde los orígenes de nuestro país”, recalcó.
En declaraciones a la prensa de Chile en el recinto legislativo, la chilena Isabel Amor, directora de la (no estatal) Fundación Iguales y promotora de las reformas, describió que “estoy tremendamente conmovida. (…) Ha sido una carrera de varios kilómetros”.
En contraste, y en un pronunciamiento en junio de este año, el Comité Permanente de la Conferencia Episcopal de Chile cuestionó las “prioridades” parlamentarias de Piñera al final de su cuatrienio, que concluirá el próximo primero de marzo, como el anuncio de poner la ley de matrimonio igualitario en trámite urgente.
“Respecto de esta última iniciativa, los que seguimos a Jesucristo como Salvador y Señor y nos guiamos por su enseñanza, sostenemos la certeza de que el matrimonio establecido y querido por Dios es sólo entre un varón y una mujer, comunión que gesta vida y fundamenta la familia”, ratificó.
“La vocación al matrimonio se inscribe en la naturaleza misma del hombre y de la mujer”, reiteró.
Impacto regional
El fallo de la Corte-IDH de 2017 en respuesta a una opinión consultiva del Estado costarricense de mayo de 2016, puntualizó en la inadmisibilidad de que existan dos clases de uniones solemnes sobre convivencia heterosexual y homosexual.
El veredicto estableció que con esa separación “se configuraría una distinción fundada en la orientación sexual de las personas, que resultaría discriminatoria, y por tanto incompatible” con la Convención Americana de Derechos Humanos, suscrita en 1969 en Costa Rica e instrumento central del sistema hemisférico de derechos humanos.
La Corte reconfirmó a este diario que su opinión consultiva es de acatamiento obligatorio y que hay estados que la incumplen.
A cuatro años de la resolución, todavía falta por ser acatado por 12 de las 20 naciones que, entre las 35 de América, reconocen la jurisdicción de la Corte, regido por la Convención e instancia autónoma de la Organización de Estados Americanos (OEA).
Antes del veredicto de la Corte-IDH, la unión entre personas del mismo sexo fue legalizada en Colombia, Argentina, Brasil, Uruguay y 18 estados de México. Ecuador la legalizó en 2019 y Costa Rica en 2020.
De los 20, 12 todavía deben hacerlo: Barbados, Bolivia, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana y Surinam.
La Corte sugirió “extender las instituciones existentes a las parejas compuestas por personas del mismo sexo–incluyendo el matrimonio”, y aclaró que, en ocasiones, el rechazo a esa forma de unión se basa en principios religiosos o filosóficos.
Canadá la aceptó en 2005 y Estados Unidos en 2015.