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Última oportunidad: habilita el Buzón Tributario antes de enero 2025

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha informado que la fecha límite para habilitar el Buzón Tributario es el 1 de enero de 2025. Este plazo es crucial para los contribuyentes que aún no han cumplido con este requisito. Inicialmente, la sanción por no registrar o actualizar el buzón estaba programada para aplicarse desde el 1 de enero de 2024, pero el SAT decidió otorgar una prórroga para facilitar el proceso.

¿Qué es el Buzón Tributario y por qué es importante?

El Buzón Tributario es el medio electrónico oficial que utiliza el SAT para comunicarse con personas físicas y morales sobre disposiciones fiscales y para recibir consultas relacionadas con situaciones fiscales específicas. Además, las asociaciones y cámaras de comercio también pueden usarlo para abordar temas de aduanas y comercio exterior.

¿Quiénes deben habilitar el Buzón Tributario?

Los siguientes contribuyentes están obligados a habilitar el Buzón Tributario:

  • Personas físicas que recibieron ingresos inferiores a 400 mil pesos en el ejercicio fiscal anterior.
  • Personas físicas sin actividad económica o con suspensión de actividades.
  • Personas morales con situación fiscal de suspensión en el RFC.

Multas por no habilitar el Buzón Tributario

El SAT establece multas para quienes no habiliten o actualicen su Buzón Tributario antes de la fecha límite. Las multas pueden oscilar entre 3,850 y 11,540 pesos, según los artículos 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación.

El SAT no realiza llamadas telefónicas

Es importante destacar que el SAT no realiza llamadas telefónicas a los contribuyentes. Toda notificación oficial se realiza únicamente a través del Buzón Tributario. El organismo invita a los contribuyentes a denunciar cualquier intento de fraude mediante su plataforma en línea.

Aprovecha la prórroga y evita sanciones

Con la prórroga otorgada, el SAT ofrece una oportunidad para actualizar los datos y evitar sanciones futuras. Aprovecha este tiempo para cumplir con las disposiciones fiscales antes del 1 de enero de 2025 y evitar contratiempos.