Por: Cortesía

Nacional

Suprema Corte aprueba reforma que amplía vacaciones para trabajadores

Según la nueva ley, el periodo de vacaciones se ampliará de 6 a 12 días después del primer año de servicio.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dado su respaldo a la reforma conocida como "Vacaciones Dignas", que modifica la Ley Federal del Trabajo para aumentar el periodo de vacaciones para los empleados con más de un año de antigüedad. Esta decisión permitirá a los trabajadores mexicanos disfrutar de un mayor tiempo de calidad con sus familias.

En un comunicado, la Segunda Sala de la Corte determinó que la reforma, que fue aprobada a finales de 2022 y está en vigor desde 2023, respeta el principio de irretroactividad de la ley. La Corte señaló que la reforma no infringe derechos adquiridos ni altera las consecuencias jurídicas establecidas por la legislación anterior.

“El patrón no tiene derecho a que un periodo de vacaciones previamente acordado sea inalterable; en cambio, debe ajustarse a las nuevas normativas que establecen mínimos de derechos”, indica el comunicado de la SCJN.

Además, se reafirmó que el Congreso de la Unión posee la autoridad para legislar en esta área, subrayando un avance en la protección de los derechos laborales. La reforma ha sido considerada conforme a los requisitos de fundamentación y motivación necesarios en actos legislativos.

Según la nueva ley, el periodo de vacaciones se ampliará de 6 a 12 días después del primer año de servicio. Este periodo aumentará en dos días cada año hasta alcanzar un máximo de 20 días, conforme a la antigüedad del trabajador.

La reforma encontró oposición en el sector empresarial y estuvo a punto de ser detenida por Morena a finales de 2022 para incorporar estas perspectivas. Así mismo, la empresa GND Constructora, S.A. de C.V. presentó un amparo alegando que la reforma era inconstitucional, afectando el cálculo de la prima vacacional, así como aspectos fiscales y de seguridad social, además de modificar contratos laborales.

Sin embargo, la Corte desestimó estos argumentos. Es relevante mencionar que la ministra Lenia Batres no estuvo presente durante la sesión.