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Tlaxcala

SCJN da revés al Congreso de Tlaxcala y elimina cobros de 10 municipios para 2026

Tlaxcala, Tlax.- La SCJN invalida leyes de ingresos municipales de Tlaxcala tras determinar que varios ayuntamientos aplicaron cobros distintos por un mismo servicio público. La resolución impacta disposiciones aprobadas para el ejercicio fiscal 2026 y marca nuevamente un límite constitucional a las tarifas municipales.

La decisión del máximo tribunal del país fue tomada por unanimidad y derivó de una acción promovida por la CNDH contra normas que establecían diferencias en el pago por la asignación de número oficial a inmuebles.


Corte invalida cobros municipales en Tlaxcala por tarifas diferenciadas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inválidas diversas disposiciones incluidas en las leyes de ingresos de 10 municipios de Tlaxcala, al considerar que establecían cobros diferentes para un servicio que, en esencia, era el mismo.

La resolución correspondió a la Acción de Inconstitucionalidad 131/2025, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, cuyo proyecto fue presentado ante el pleno por la ministra María Estela Ríos González.

Los municipios involucrados son Nanacamilpa de Mariano Arista, San José Teacalco, San Lucas Tecopilco, Tenancingo, Tepetitla de Lardizábal, Tepeyanco, Tlaxco, Tocatlán, Totolac y Xaltocan.

El punto clave: un mismo trámite con precios distintos

El conflicto jurídico surgió por el cobro del servicio de asignación de número oficial a bienes inmuebles.

Las normas municipales establecían tarifas distintas dependiendo del destino del predio o construcción, como vivienda, comercio, industria, servicios, bodegas, estacionamientos, fraccionamientos o desarrollos habitacionales.

La Corte consideró que ese criterio no estaba relacionado con el costo real del servicio prestado por la autoridad municipal.

La ministra ponente señaló que las tarifas no pueden modificarse tomando como base el uso económico que tendrá un inmueble, debido a que el trámite administrativo realizado por el municipio es sustancialmente el mismo.

La Corte marca nuevamente límites a las leyes municipales

Durante la discusión, el pleno sostuvo que los derechos cobrados por autoridades deben mantener una relación directa con la actividad administrativa realizada y no depender de factores externos.

El presidente de la SCJN explicó que no existe una diferencia válida para cobrar más por la asignación de un número oficial cuando el procedimiento realizado por la autoridad es igual para todos los solicitantes.

Con esta resolución, el máximo tribunal mantiene una línea de criterios similares aplicados anteriormente en otros casos relacionados con municipios tlaxcaltecas.

Congreso de Tlaxcala deberá considerar criterios constitucionales

Como parte de los efectos de la sentencia, la invalidez comenzará a aplicarse después de que sean notificados los puntos resolutivos al Congreso local.

Además, la Corte exhortó al Poder Legislativo de Tlaxcala a considerar los parámetros constitucionales sobre proporcionalidad y equidad tributaria al aprobar futuras leyes de ingresos municipales.

El fallo representa un nuevo llamado de la SCJN para que los cobros públicos mantengan una relación clara con los servicios que reciben los ciudadanos y no generen diferencias sin una justificación constitucional.

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