Puebla, Pue.- Durante enero de 2026, el Ayuntamiento de Puebla aplicó un total de 184 intervenciones en establecimientos comerciales como parte de operativos de supervisión y control administrativo. De ese total, 127 casos derivaron en sanciones y 57 concluyeron con la clausura de los negocios, según información publicada en el portal municipal de Datos Abiertos.
Las acciones de verificación alcanzaron a una amplia diversidad de giros comerciales distribuidos en distintos puntos de la capital. Entre los establecimientos sancionados se encuentran cocinas económicas, consultorios médicos y veterinarios, pizzerías, mueblerías, estéticas, talleres de torno, así como locales dedicados a la venta de antojitos, jugos, licuados y tiendas de ultramarinos.
El registro oficial también detalla que entre los negocios clausurados aparecen bodegas de distribución, imprentas, molinos, tortillerías, herrerías, talleres de maquinaria y establecimientos relacionados con la compraventa de aparatos y accesorios dentales. La variedad de giros refleja el alcance de las revisiones implementadas por la autoridad municipal en materia de regulación comercial.
Aunque el sistema de datos abiertos no precisa las causas particulares de cada clausura o sanción, el Código Reglamentario para el Municipio de Puebla (Coremun) establece varios supuestos que pueden derivar en estas medidas administrativas. Entre ellos se encuentran la falta de renovación de la licencia de funcionamiento, el incumplimiento de requisitos legales o la negativa a permitir las labores de inspección y verificación que realizan las autoridades.
La normativa también contempla la clausura de establecimientos cuando se detecta la presencia de menores de edad consumiendo bebidas alcohólicas o en estado de ebriedad, así como cuando se permite el consumo de sustancias estupefacientes dentro de los locales.
En caso de detectar irregularidades, la Unidad de Normatividad y Regulación Comercial remite el expediente a la Dirección Jurídica de la Tesorería Municipal, instancia responsable de notificar formalmente al titular de la licencia. A partir de ese momento, el propietario cuenta con un plazo para responder a las observaciones y presentar pruebas antes de que avance el procedimiento administrativo correspondiente.
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