La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) reiteró que Uber, Didi y Cabify no cuentan con autorización oficial para operar en aeropuertos de México, incluyendo AICM y AIFA. La aclaración responde a la suspensión judicial otorgada a Uber el 27 de octubre de 2025, que no equivale a un permiso para prestar servicios.
Suspensión judicial vs autorización
El fallo de la jueza Blanca Alicia Ochoa Hernández protege a los conductores de acciones arbitrarias de la Guardia Nacional, pero no habilita la operación formal en terminales aéreas. La SICT enfatizó que solo los taxis concesionados, servicios turísticos registrados y autobuses autorizados pueden recoger o dejar pasajeros en aeropuertos.
Impacto y tensiones en terminales aéreas
La preferencia por aplicaciones de transporte ha generado conflictos, bloqueos y operativos frente a taxis regulados. Con la llegada del Mundial 2026 y más de 5.5 millones de turistas, la presión sobre el transporte aeroportuario aumenta, y la falta de regulación clara genera incertidumbre entre pasajeros y conductores.
Riesgos legales para conductores y pasajeros
Operar apps no autorizadas en aeropuertos puede derivar en multas, retención de vehículos y sanciones según el Reglamento de Autotransporte Federal. La SICT exhorta a usar servicios regulados para garantizar seguridad y legalidad.
Situación internacional y perspectivas en México
En países como Estados Unidos, Canadá y España, las apps operan bajo zonas designadas y registro obligatorio. En México, el debate continúa sobre cómo integrar modelos digitales y tradicionales sin comprometer la seguridad ni los derechos de los usuarios.
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