El aguinaldo 2025 es esa prestación que todo trabajador mexicano espera cerrando el año, pero todavía hay quienes no tienen claro cuándo deben pagarlo o qué hacer si su patrón no se pone las pilas y no cumple con lo que marca la Ley Federal del Trabajo (LFT).
La ley es clarita: el pago debe entregarse antes del 20 de diciembre, sin pretextos y sin dar largas. El mínimo obligatorio es de 15 días de salario, siempre y cuando hayas trabajado el año completo; si no, te toca la parte proporcional según el tiempo laborado.
Para ponerlo en fácil: si trabajaste solo medio año, te toca la mitad. El cálculo se hace con tu salario diario y los días realmente trabajados. Todo esto está respaldado por el artículo 87 de la LFT, así que no es opcional para ninguna empresa, sea pública o privada.
Quiénes tienen derecho y cómo debe pagarse
La ley señala que todas las personas trabajadoras bajo subordinación tienen derecho a aguinaldo, sin importar si son de planta, eventuales, sindicalizados, comisionistas o incluso contratados por honorarios, siempre que exista supervisión.
Incluso quienes renunciaron o fueron despedidos tienen derecho a recibir la parte proporcional. El campo laboral cambia, pero los derechos no.
En cuanto a la forma de pago, la Profedet es muy clara: el aguinaldo debe entregarse en dinero, ya sea en efectivo, transferencia o depósito. Nada de que “te lo damos en productos”, “vales”, “regalitos” u otras ocurrencias. Eso no es legal si no existe el respaldo monetario. Y si el pago se hace por medios electrónicos, cualquier comisión la debe cubrir el empleador, no el trabajador.
Qué hacer si no te lo pagan o llega incompleto
Cuando una empresa no paga el aguinaldo o lo entrega incompleto, está cometiendo una falta laboral seria. En esos casos puedes presentar una queja ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje, los Tribunales Laborales o el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
La denuncia puede hacerse hasta un año después del 20 de diciembre, así que no te quedes con los brazos cruzados. Las multas para patrones incumplidos van desde 50 hasta 500 UMAs, lo que puede superar fácilmente los 50 mil pesos.
En resumen: el aguinaldo no es un favor, es un derecho. Si tu patrón no cumple, hay caminos legales para que recibas lo que te corresponde. Y mientras más informados estemos, menos margen habrá para abusos.
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