¿De qué va la prohibición del plástico de un solo uso en la CDMX en 2020?
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Mié, Abr

Foto: Cortesía

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¿De qué va la prohibición del plástico de un solo uso en la CDMX en 2020?

La forma en la que los habitantes de la Ciudad de México realizamos el 'super' o la despensa en los mercados tendrá un cambio significativo este 2020, debido a la entrada en vigor de la prohibición de plásticos de un solo uso.

La medida, que es parte de las reformas hechas a los artículos 3, 6 y 25 de la Ley de Residuos Sólidos, califica este material así:

"Productos que se fabrican total o parcialmente a partir de plástico y que no están concebidos para lograr, dentro de su vida útil, múltiples rotaciones al ser devueltos al productor para su recarga o ser reutilizados para el mismo propósito con que fueron concebidos", se lee en el texto.

Entre los objetos con este tipo de material están las bolsas, tenedores, mezcladores, platos, vasos y sus tapas, entre otros.

Aquí te explicamos algunos puntos de la medida:

-La Ley de Residuos Sólidos prohíbe la comercialización, distribución y entrega de bolsas de plástico al consumidor, en los puntos de venta de bienes o productos, es decir, en las tiendas en las que compras todos los días por ejemplo.

-La legislación señala que solo se podrán entregar bolsas de plástico de un solo uso cuando sean necesarias por razones de higiene y cuando prevengan el desperdicio de alimentos.

-Marina Robles, titular de la Secretaría de Medio Ambiente en la CDMX, señaló en entrevista para El Universal que por estos alimentos se entienden carne, pollo o pescado.

-Otra excepción mencionada por la ley es la de bolsas de plástico que sean compostables.

-¿Y a qué se refiere esa denominación? La ley explica, en el artículo 3, que por compostable se entiende el "material susceptible a biodegradarse, como mínimo, al 90 por ciento en 6 meses, si es sometido a un ambiente rico de dióxido de carbono o en contacto con materiales orgánicos".

-Ojo, compostable no es lo mismo que biodegradable, calificativo que la Ley de Residuos Sólidos otorga al material que "es capaz de descomponerse en dióxido de carbono, metano, agua, componentes inorgánicos o biomasa, como resultado de la acción de microorganismos".

-Además, la prohibición de la comercialización, distribución y entrega de tenedores, cuchillos, cucharas, palitos mezcladores, platos, popotes o pajitas, bastoncillos para hisopos de algodón, globos y varillas para globos, vasos y sus tapas, charolas para transportar alimentos de un solo uso se hará válida a partir del 1 de enero de 2021.

¿Habrá multas para quienes no cumplan con la medida?

Sí, y pueden llegar hasta los 168 mil pesos, remarcó Marina Robles.

Las sanciones contempladas van de 500 a dos mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), con valor de 84.49 pesos cada una.

Por lo tanto, el valor de las multas estaría entre 2 mil 245 y 168 mil 980 pesos.

La secretaria enfatizó que las multas se aplicaran a las empresas que vendan o entreguen bolsas de plástico de un solo uso, no a los clientes que las pidan o que las utilicen.

Con información de Notimex

 

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